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Tarifazo: ¿Cómo la Constitución protege a usuarios de servicios públicos?

Tarifazo: ¿Cómo la Constitución protege a usuarios de servicios públicos?

La semana que pasó se supo cómo quedó establecido el nuevo cuadro tarifario del gas que regirá a partir de abril, luego de las audiencias públicas realizadas desde diciembre. El anuncio formulado por el ministro de Energía, Juan José Aranguren, dio a conocer que los incrementos regirán en tres etapas desde el 1 de abril, las que se complementarán el 1 de octubre y el 1 de abril de 2018.

Según la Nación, la medida pretende morigerar el impacto de los incrementos tarifarios en los bolsillos de los usuarios y en los índices de inflación. El objetivo del Gobierno es lograr una reducción de los subsidios a la producción y la importación de gas natural, para no sólo recuperar en tarifa el costo económico de la producción, sino ir reduciéndolo.

Al respecto, Abogados Tucumán entrevistó al abogado Martín Mercado, especialista en derecho administrativo que reflexionó: “La fijación de tarifas tiene un procedimiento previamente establecido a través de audiencias públicas acorde al debido proceso. Las tarifas necesitan tener las previsiones establecidas por la Constitución Nacional en su art 42, donde se legisla que los incrementos tienen que ser justos y razonables”.

Art 42: Punto por punto

  • Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo…. a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.
  • Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
  • La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.

“Hubiera sido importante que antes de ejecutar el aumentos de tarifas los usuarios hayan podido ser escuchados mediante un procedimiento previo establecido. Además de ejecutar un procedimiento sustancial en el que las tarifas se fijen en un marco de razonabilidad”, afirmó Mercado con respecto a las audiencias públicas realizadas de forma espasmódica y sin previsibilidad el año que pasó.  Y amplió: “Aquí se hizo a la inversa, primero se tomó la medida y luego se inició el debate”.

En la actualidad, no se conocen cuáles son los parámetros para establecer el precio de las tarifas. “Había un procedimiento establecido a través de marcos regulados. Actualmente es una caja de pandora saber cuáles son las pautas para fijar un aumento. No es fácil conocer la inversión, rentabilidad, márgenes del sector y a qué cantidad de usuarios afecta la medida”, declaró.

En caso de tarifas abusivas ¿qué medidas pueden tomar los consumidores? 

El artículo 43 de la Constitución Nacional prevé el amparo colectivo que puede ser interpuesto por el afectado, asociaciones de consumidores y el Defensor del Pueblo. “Está previsto en su segundo párrafo que regula la protección de los derechos colectivos. El usuario tiene derecho a tarifas justas y razonables. Hay que ver qué es lo que dice la administración de acuerdo a la rentabilidad del sector, las inversiones y la población de usuarios”, explicó.

Defensoría del Pueblo

El ajuste en las tarifas de los servicios causó críticas desde muchos sectores. En Tucumán, el defensor del Pueblo de la provincia, Fernando Juri Debo, justificó la medida, aunque desde su óptica dijo el aumento debería haber sido gradual. “Nadie discute si las tarifas debían ser actualizadas, todos reconocieron eso. Así –como hay aumentos- también debemos hacer obras e invertir. Teníamos un atraso –tarifario- de muchos años. El error es actualizar de golpe. Lo que habría que hacer es acompañar el poder adquisitivo de la gente”, sugirió el ombusdman.

Juri Debo informó que la Defensoría del Pueblo de la Provincia interviene para asesorar a los ciudadanos en situaciones abusivas. Invitó a asentar los reclamos en la sede y subsedes de la institución a fin de hacer más equitativo el aumento de tarifas.

Consultas: Defensoría del Pueblo

  • Dirección: Balcarce 64, San Miguel de Tucumán.
  • Teléfono: 422-1281

 

 



Fuente: Abogados Tucumán